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La superación de las pruebas de selección para Escolta Privado habilitará para el ejercicio de la correspondiente profesión, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional en el expediente que se instruya a instancia de los propios interesados o, en su caso, la habilitación múltiple regulada en el Reglamento de Seguridad Privada.

Las tarjetas de identidad profesional, una vez superadas las pruebas, serán expedidas por el Comisario General de Seguridad Ciudadana

Los aspirantes deberán superar las pruebas de aptitud o ejercicios de conocimientos teórico-prácticos que se fijen en la Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad por la que se convoquen las pruebas de selección para escoltas privados.

PRIMER EJERCICIO: APTITUD FÍSICA:

1. Potencia tren superior.

1.1 Flexión de brazos en suspensión pura (hombres).

1.2 Lanzamiento de balón medicinal (mujeres de todas las edades y hombres desde 40 años).

2. Potencia tren inferior.

2.1 Salto vertical (hombres y mujeres).

3. Carrera (hombres y mujeres).

SEGUNDO EJERCICIO (CONOCIMIENTOS TEÓRICO-PRÁCTICOS)

 

Consistirá en la contestación por escrito a dos cuestionarios de preguntas:

Primer cuestionario: Realizarán una prueba de conocimientos teórico-prácticos, debiendo contestar, en cincuenta minutos, un cuestionario de 80 preguntas ajustadas al programa «Módulos profesionales de formación previa comunes para Vigilantes de seguridad y su especialidad y para Escoltas privados» de la correspondiente convocatoria (estarán exentos de su realización los opositores que ya sean vigilantes de seguridad).

Segundo cuestionario: Realizarán una prueba de conocimientos teórico-prácticos, debiendo contestar, en quince minutos, un cuestionario de 20 preguntas ajustadas al programa específico de «Módulos profesionales de formación previa para Escolta privado» de la correspondiente convocatoria.

Cada uno de estos cuestionarios tendrá carácter eliminatorio, debiendo superar, en su caso, el primer cuestionario para que sea calificado el segundo. Estas pruebas de conocimientos teórico-prácticos, se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 en cada una de ellas para aprobar.

 

REQUISITOS para poder presentarte a las pruebas de Vigilante de Seguridad:

– Ser mayor de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco años.
– Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
– Estar en posesión o en condiciones de obtener el  título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
– Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de vigilante de seguridad y reunir los requisitos necesarios para prestar servicios de seguridad privada, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
– Carecer de antecedentes penales.
– No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
– No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
– No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
– No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
– Poseer diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad, así como el diploma que acredite la superación de los módulos profesionales complementarios y específicos de formación de escoltas privados, en el curso impartido en un centro autorizado por la  Secretaría de Estado de Seguridad.
– Tener una estatura mínima de 1,70 metros, los hombres, y 1,65 metros, las mujeres.

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